Ley 20.296 - Instalación & Mantención de Ascensores

La Ley N° 20.296 establece disposiciones para la instalación, mantención e inspección obligatoria y períodica de los ascensores y otras instalaciones similares.

Extracto de Ley.

La Mantención es Obligatoria y Mensual según Ley 20.296
Lo que Debes Saber.


Instalación y Mantención

Se realizan bajo especificaciones técnicas de sus fabricantes y la disposición que determine OGUC.

Infracciones

En caso de incumplimiento de las obligaciones la multa será de hasta 150 UF en contra del propietario.

Plazos

El plazo máximo para cumplir la Ley 20.296 es de dos años a partir de Marzo del 2016.

Registro Nacional

Duplex está autorizado para instalar y mantener equipos de transporte vertical, ya que está inscrito en el registro de proveedores técnicos del MINVU.

Responsabilidad

Serán responsables de la mantención los propietarios, a través de contratos mensuales o anuales.

Acreditación

Los Propietarios deben poseer un certificado indicando la correcta funcionalidad de los equipos.


Preguntas Frecuentes

El propietario de la construcción. En caso de condominios, responde el administrador del edificio.
El propietario del edificio. En caso de condominios, los dueños de departamentos u oficinas de un edificio por medio de los gastos comunes.
Por la entrega de un certificado que debe estar siempre visible en el ascensor, este certificado da entender que el equipo fue instalado y posee una mantención vigente de acuerdo a lo estipulado en la ley que garantiza su correcto funcionamiento.
No, además incluyen ascensores inclinados (funiculares), montacargas, escaleras mecánicas y rampas mecánicas.

Duplex Mantención & Reparación realiza mantenimiento preventivo y correctivo bajo esta Ley, estamos inscritos en el Registro Nacional de Instaladores y Mantenedores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo por lo que nuestro procedimiento esta bajo las normativas vigentes

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